Guatemala juramenta Comisiones Paritarias del Salario Mínimo para dos circunscripciones económicas

Asimismo, el 5 de febrero de 2026 se emitió el Acuerdo Ministerial 83-2026, suscrito por la ministra de Trabajo y Previsión Social, a través del cual se designó a los inspectores de trabajo que presidirán las Comisiones Paritarias.

POR Redaccion, 07:32 - 13 de Febrero del 2026
Guatemala juramenta Comisiones Paritarias del Salario Mínimo para dos  circunscripciones económicas

El lunes pasado, en Guatemala, fueron juramentados los integrantes titulares y suplentes de las Comisiones Paritarias del Salario Mínimo correspondientes a las circunscripciones económicas 1 y 2. Durante los próximos dos años, estos órganos tendrán a su cargo la elaboración de estudios y la presentación de informes técnicos sobre el salario mínimo ante la Comisión Nacional del Salario.

Las Comisiones Paritarias están conformadas por representantes de los sectores trabajador y empleador, y son presididas por inspectores de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Su integración responde a las circunscripciones económicas 1 y 2 y abarca los sectores no agrícola, agrícola, exportador y de maquila.

El 6 de febrero de 2026 se publicó el Acuerdo Gubernativo 1, mediante el cual se nombró a los representantes titulares y suplentes de los sectores trabajador y empleador que integran estas comisiones. La convocatoria para su conformación se realizó de manera pública en diciembre de 2025, tras lo cual cada sector presentó sus respectivas propuestas de representantes.

Proceso de fijación del salario mínimo

  • El proceso de fijación del salario mínimo en Guatemala se desarrolla conforme a lo establecido en el Código de Trabajo y comprende varias etapas:
  • Se integran las Comisiones Paritarias, conformadas por representantes de organizaciones de trabajadores y empleadores, y presididas por inspectores de Trabajo.
  • Estas comisiones elaboran informes técnicos en los que recomiendan, de forma razonada, los salarios mínimos aplicables en su jurisdicción.
  • La Comisión Nacional del Salario analiza los informes recibidos y emite un dictamen razonado al Ministerio de Trabajo y Previsión Social, con el fin de armonizar los salarios mínimos por actividad y circunscripción económica en todo el país.
  • El dictamen también es conocido por la Junta Monetaria del Banco de Guatemala y por el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, para que emitan las observaciones correspondientes.

Finalmente, el Organismo Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, fija anualmente los salarios mínimos que regirán en cada actividad o circunscripción económica mediante Acuerdo Gubernativo.

 

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