MTSS resguarda información confidencial de personas denunciantes

La confidencialidad de las personas denunciantes está protegida en los artículos 15 inciso c y 20 inciso c de los convenios 81 y 129 de la OIT respectivamente, así como en el Manual de Procedimientos Legales de la Inspección de Trabajo en el capítulo 2 numeral 2.2 inciso d.

POR Redaccion, 13:11 - 26 de Marzo del 2024
MTSS resguarda información confidencial de personas denunciantes

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de Costa Rica (MTSS) abrió un procedimiento administrativo de carácter disciplinario contra un inspector de trabajo que, presuntamente reveló, a un patrono denunciado la identidad de la persona enunciante.

Además, por lo delicado del tema y la gravedad que pudiera tener, se denunció penalmente el caso ante el Ministerio Público para que investigue la gravedad de los hechos y la responsabilidad penal que pudiera tener el inspector en el caso.

"Lo más importante en esto es la afectación que pudo tener la persona denunciante, por lo que ya nos hemos comunicado con ella y le daremos el acompañamiento y asesoría en materia laboral y de intermediación de empleo desde la plataforma ane.cr", señaló el ministro de Trabajo y Seguridad Social, Andrés Romero.

Añadió que "la transparencia, la ética y la probidad son fundamentales en el actuar de las distintas instancias institucionales por lo que seremos vigilantes en este y cualquier otro caso de atención ministerial, por lo que seguiremos los debidos procesos para establecer las consecuencias correspondientes".

Romero aseguró que "casos como este son aislados y no responden a un actuar regular en la Inspección Laboral, así se ha conversado en el seno del cuerpo de inspectores donde se ha reiterado la importancia de mantener la confidencialidad de los datos de las personas y el manejo objetivo de los procesos inspectivos en beneficio de las personas trabajadoras y empleadores que requieren de los servicios de la Dirección Nacional de Inspección".

 

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