El contrato de trabajo a tiempo parcial es un acuerdo laboral que se establece entre el trabajador y el empleador en el cual se determina que el empleado prestará sus servicios a la empresa por un tiempo menor al que se defina, según la legislación correspondiente, como aquel que configure la jornada máxima legal (o lo que es igual, el contrato de trabajo a tiempo completo). Es decir, que la característica que identifica este tipo de contratos laborales es precisamente que, desde su constitución, mantienen una jornada laboral menos extensa que la de los contratos regulares.
Como consecuencia directa de esta característica, el contrato de trabajo a tiempo parcial adquiere ciertas particularidades cuyo conocimiento permite entender tanto la utilidad de esta figura, como el tratamiento que debe dársele. En este sentido, uno de los aspectos más importantes a considerar es el de la remuneración. El salario para el caso de los empleados que laboren a tiempo parcial debe respetar los mínimos de ley, y ser al menos, proporcional al pago que se realice para contratos a tiempo completo.
Asimismo, si bien la naturaleza del contrato a tiempo parcial está definida por la jornada de trabajo pactada por las partes, esta jornada, en cualquier caso, debe respetar los parámetros de los distintos tipos de jornada laboral diaria. En este sentido, si por ejemplo un contrato de tiempo parcial en jornada diurna deberá respetar los alcances y regulaciones de esta, mientras que si el contrato está definido para prestar servicios en jornada nocturna, serán las disposiciones particulares de esta las que le rijan.
La jornada extraordinaria, por su parte, se deberá reconocer cuándo las labores diarias o semanales excedan el número de horas correspondientes a la jornada disminuida pactada. Es decir, que las jornadas a tiempo parcial también disminuyen los límites sobre los que se debe pagar tiempo extraordinario (por ejemplo, si en una jornada completa se pagan horas extra luego de 8 horas de trabajo, en una jornada parcial de medio tiempo se pagarían horas extra luego de las primeras 4 horas de labores). Por su parte, el pago de la jornada extraordinaria en estos contratos sigue las reglas de cálculo regular previstas por cada legislación.
Por su parte, el derecho a disfrutar de las vacaciones se debe otorgar considerando todos los días naturales completos que la legislación respectiva prevé para este derecho, con independencia de si la jornada es o no, a tiempo parcial. Es decir, el derecho de vacaciones no se ve afectado o disminuido por laborar en una jornada reducida. Si, por ejemplo, la regulación de trabajo establece que un empleado tiene derecho a dos semanas de vacaciones por cada cincuenta semanas de trabajo continuo -como ocurre en Costa Rica-, los colaboradores a tiempo parcial tienen derecho a esas dos semanas completas de vacaciones, con independencia de que, por sus condiciones contractuales, no trabajen una jornada completa.
Debemos mencionar también que los derechos laborales inherentes a los contratos de trabajo regulares (como la inscripción de los empleados ante la seguridad social, el pago de aguinaldo, el reconocimiento de indemnizaciones o prestaciones laborales, el otorgamiento y pago de feriados, y el derecho a un día de descanso semanal, entre otro) deben ser debidamente reconocidos durante el desarrollo, sin embargo, es importante verificar las particularidades que cada país podría tener al momento de regular la forma y modo en cómo estos derechos deben ser otorgados.
La figura de contrato a tiempo parcial es, además de lo dicho, compatible con figuras contractuales paralelas como contratos por tiempo determinado; contratos de temporada y contratos por tiempo indefinido entre otros, de modo tal que puede ser una herramienta útil para solventar necesidades dentro de una compañía donde la carga de trabajo (temporal o permanentemente) sobrepasa la capacidad productiva del talento humano en la organización, pero sin ser lo suficientemente alta como para justificar la contratación de colaboradores a jornada regular.
Finalmente, es importante recordar que, como todo proceso de contratación laboral, es recomendable que las condiciones de la contratación a tiempo parcial sean debidamente analizadas por especialistas en el manejo de este tipo de figuras, con el fin de verificar que las mismas no sólo se adecúan a los requerimientos de la organización, sino que cumplan a cabalidad con todas las disposiciones legales que las regulan.
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